Fallo de la Corte Suprema: Isapres y sus antecedentes y consecuencias para los afiliados

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La Tercera Sala del máximo tribunal emitió un fallo el 30 de noviembre de 2022 que establece que todos los planes de isapre deben regirse por la tabla de factores del 2019, tanto para los planes nuevos como para los antiguos. Esta sentencia incluye varias disposiciones adicionales.

Continúa leyendo para comprender el significado de esta sentencia para los afiliados y cómo podría afectar el futuro de las isapres.

Antecedentes 🧐

Como quizás hayas escuchado en algún momento, en 2019 se implementó una nueva tabla de factores que redujo considerablemente las diferencias por grupos de edad e igualó los factores de riesgo entre hombres y mujeres. Esto significó un beneficio para quienes contrataron un plan de isapre a partir de abril de 2020.

Sin embargo, aquellos que ya tenían un plan de isapre y no cambiaron a uno nuevo después de la implementación de la nueva tabla de factores, mantuvieron los mismos precios en sus planes, regidos por la antigua tabla.

Este año, muchos afiliados han recurrido a los tribunales en contra de las isapres. Los principales recursos presentados incluyen el aumento del precio base, el aumento del valor GES y los reclamos para invalidar la tabla de factores.

Aunque inicialmente el número de casos por la tabla de factores era menor en comparación con los casos por los aumentos de precios, estos últimos podrían representar una amenaza mayor para la viabilidad de la industria debido a su impacto a gran escala si se falla a favor de los afiliados.

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A pesar de que en un principio estos recursos no pudieron presentarse en los tribunales, este año llegaron a la Corte Suprema, lo que generó mucha expectación sobre la decisión y cómo se resolvería en relación a las isapres.

El Fallo ⚖️

El fallo aborda cuatro puntos relacionados con los recursos presentados contra al menos tres isapres, los cuales tendrán implicaciones para todas las Instituciones de Salud Previsional.

En primer lugar, se establece que es posible aplicar la tabla de factores, pero solo la correspondiente a 2019. En segundo lugar, las isapres tienen la facultad de cobrar un monto adicional por las cargas que se agreguen al plan, siempre y cuando se utilice la misma tabla de factores. Sin embargo, en tercer lugar, no se podrá cobrar por los menores de dos años.

No obstante, lo que representará un mayor desafío para la estabilidad financiera de las isapres es lo que mencionamos anteriormente: la tabla de factores ya no se aplica únicamente a los nuevos planes, sino que deberá realizarse un ajuste para todos los afiliados.

Esto implica que las personas que contrataron su plan de isapre antes de que la última tabla de factores entrara en vigor deberán enfrentar un ajuste en el precio de su plan.

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En resumen:

👉 Anteriormente, había una amplia variedad de tablas de factores de riesgo que las isapres utilizaban para calcular los precios de los planes. Estas variaban significativamente según el género, la edad de los afiliados y las cargas que tenían.

👉 Cuando se produjo el cambio en 2019, este solo se aplicaba a los nuevos planes que se contrataran, sin considerar los planes ya existentes.

👉 Ahora, la Corte Suprema ha determinado que solo habrá una tabla de factores, que debe aplicarse a todos los afiliados de manera uniforme.

Próximos pasos 📆

La Superintendencia de Salud ha establecido un plazo máximo de 6 meses para determinar cómo se llevará a cabo el ajuste de precios de los planes de isapre. Además, se evaluará la posibilidad de realizar reembolsos por los cobros excesivos, siempre y cuando no hayan prescrito y deban ser devueltos como excedentes.

Las isapres, por su parte, deberán «calcular el precio final de todos los contratos de salud que administren multiplicando el valor del plan base correspondiente por la suma de los factores del grupo familiar, aplicando la Tabla Única de Factores establecida en la Circular IF/N° 343 de la Superintendencia de Salud», según lo señalado en el fallo.

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Esta situación pone en riesgo nuevamente al sistema de las isapres, el cual parecía haber mejorado después del ajuste del GES. Según cálculos iniciales, una de las instituciones estima una disminución de ingresos de 100 millones de dólares.

Por otro lado, hay personas que anticipan que este escenario podría tener graves consecuencias financieras, llevando a las isapres a no cumplir con los estándares legales requeridos.

La Corte Suprema, por su parte, enfatizó que «los casos se resuelven con base en la ley y no en consideraciones económicas», destacando que el fallo se aplica a todas las instituciones y que el Tribunal no es responsable en caso de una posible quiebra del sistema.

¿Cómo afecta esto a los afiliados?

Aunque es demasiado pronto para prever un posible colapso del sistema, te sugerimos que leas el siguiente artículo que hemos preparado en caso de que una o más isapres cierren.

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