Registro Central de Morosos de Pensiones Alimenticias: el alcance de la Ley conocida como «ley papito corazón»
A partir del 18 de noviembre de 2022, entra en vigencia la Ley 21.389 que establece la creación del Registro Central de Morosos de Pensiones Alimenticias.
El propósito de este registro es implementar medidas para asegurar el pago por parte de los padres que, a pesar de contar con una orden judicial, han incurrido en impagos de pensión alimenticia durante 3 meses consecutivos o 5 meses intermitentes.
Pensión alimenticia: información incluida en el registro de morosos
- Nombre completo del deudor.
- Número de identificación o documento de identidad.
- Número de hijos afectados.
- Monto actualizado de la deuda.
- Cantidad de cuotas impagas.
- Nombre del Tribunal de Familia que emitió la orden de pensión alimenticia.
- Información de la cuenta bancaria designada para realizar los pagos.
A continuación, se detallarán las implicaciones y alcances de esta legislación, así como su influencia en la compra, venta o renovación de licencias de conducir de vehículos.
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¿Es posible comprar un vehículo si se está registrado en el Registro Central de Morosos de Pensiones Alimenticias?
Según el artículo 31 de la Ley, no se podrá transferir la propiedad de un vehículo a una persona que aparezca en el registro de morosos de pensiones alimenticias.
A continuación, se presenta la cita textual de este artículo:
“El Servicio de Registro Civil e Identificación debe rechazar la inscripción de dominio por compraventa de un vehículo motorizado a nombre de una persona que tenga una inscripción vigente en el Registro como deudor de alimentos, a menos que al momento de la firma del contrato se certifique por un notario público que dichas inscripciones no existían y que no han transcurrido más de cinco meses desde esa fecha. Los Conservadores de Bienes Raíces deben cumplir con la misma obligación al recibir una solicitud de inscripción de dominio de un inmueble por compraventa”.
¿Se puede vender un auto si se está en el Registro?
En este caso, la Ley permite realizar la venta siempre y cuando se demuestre que con el dinero obtenido de la transacción se pagará la deuda por alimentos. Así lo establece la Ley en el segundo párrafo del artículo 31:
“Si el vendedor del vehículo o inmueble aparece con una inscripción vigente en el Registro como deudor de alimentos, la entidad encargada de realizar la inscripción de dominio solo podrá aceptar la solicitud si en el contrato se deja constancia, mediante un notario público, de que el cincuenta por ciento del dinero correspondiente al precio de venta, o una proporción menor si es suficiente para saldar la totalidad de la deuda, ha sido retenido y pagado a la persona que recibe los alimentos, o si se han proporcionado garantías que aseguren el pago en un plazo máximo de cinco días hábiles contados desde la inscripción”.
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¿Es posible renovar la licencia de conducir si se debe la pensión de alimentos?
Si se está en mora en el pago de la pensión de alimentos y se encuentra en el registro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley, no se podrá renovar la licencia de conducir ni el pasaporte.
Solo se podrá acceder a la renovación si se demuestra ante el tribunal que este documento es una necesidad imprescindible, por ejemplo, para generar ingresos. Es importante tener en cuenta que esta renovación tendrá una vigencia limitada, que oscilará entre 6 meses y 1 año.
Además, se deberá garantizar el pago completo de la deuda y comprometerse a saldar las cantidades adeudadas, respetando la periodicidad establecida por el juez.
Es fundamental cumplir completamente con el pago de la deuda, ya que esto determinará si se puede acceder a una renovación adicional. Así se establece en el penúltimo párrafo del artículo 34 de la Ley:
«Sin embargo, una vez vencidos los documentos con vigencia limitada, la tramitación ordinaria de renovación de alguno de estos documentos por parte de las autoridades autorizadas por ley para otorgarlos dependerá del cumplimiento total y puntual de las condiciones señaladas por el juez, hasta que se haya realizado el pago completo de la deuda».
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Ley «Papito corazón» y solicitud de préstamos
Por ejemplo, si solicitas un préstamo para comprar un automóvil, la entidad financiera deberá verificar si estás registrado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Si estás en este registro, parte de tu préstamo se destinará al pago de tu deuda.
En el segundo párrafo del artículo 28 de la normativa se establece lo siguiente:
«Si el solicitante de una operación de crédito está registrado en el Registro, el proveedor de servicios financieros estará obligado a retener el 50% del crédito o un monto menor si es suficiente para solventar la totalidad de los pagos de alimentos adeudados, transfiriendo dicha suma al beneficiario a través del depósito de los fondos en la cuenta bancaria registrada en el Registro».
¿Qué otras consecuencias enfrentan los deudores?
Además de los puntos mencionados anteriormente, que están directamente relacionados con la compra y venta de vehículos y la renovación de la licencia de conducir, existen otras limitaciones en diversos trámites para aquellos que adeudan la pensión de alimentos.
- La Tesorería General de la República podrá retener el reembolso de impuestos correspondiente a la Operación Renta.
- No será posible renovar el pasaporte, a menos que se justifique de manera fundamentada la necesidad imprescindible de obtener este documento.
- En el caso de trabajar para cualquiera de los 3 poderes del Estado, incluyendo cargos de elección popular y posiciones en la Alta Dirección Pública, se retendrá un porcentaje del salario para pagar la deuda.
- Si se está obligado a declarar intereses o riqueza, es necesario declarar las deudas relacionadas con pensiones alimenticias.
- Si se está en proceso de adopción de un niño, niña o adolescente, se verificará que no se esté registrado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
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