Jubilación anticipada: ¿A qué edad se puede acceder y qué requisitos son necesarios?

a que edad se puede jubilar anticipado

En Chile, la edad normal para jubilarse es de 65 años para los hombres y de 60 años para las mujeres. Sin embargo, existe la posibilidad de obtener la jubilación anticipada bajo ciertas condiciones. Aquí es donde surgen algunas preguntas, como ¿Cuál es la edad mínima para jubilarse anticipadamente? ¿Cuáles son los requisitos para jubilarse anticipadamente?

¿Cuál es la edad mínima para jubilarse anticipadamente?

Los trabajadores en Chile tienen la opción de jubilarse anticipadamente. Como mencionamos anteriormente, la edad legal de retiro es de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres. Sin embargo, existe la posibilidad de adelantar estas fechas, ya que la ley que regula el sistema AFP permite a las personas obtener la pensión antes de esas edades.

La pensión anticipada es un beneficio que permite jubilarse antes de cumplir la edad establecida por ley, siempre y cuando se cumplan los requisitos. Sin embargo, esto no siempre es beneficioso, ya que cuanto más años se hayan cotizado, mayor será el monto de los ahorros acumulados.

Ahora bien, ¿desde qué edad se puede solicitar la jubilación anticipada? La norma no establece una edad mínima para acceder a la jubilación anticipada. Basta con cumplir con los dos requisitos básicos para obtenerla. Sin embargo, es importante destacar que estos requisitos no son fáciles de cumplir.

Requisitos de la Jubilación Anticipada

La ley establece dos requisitos fundamentales para jubilarse anticipadamente, que deben cumplirse de manera simultánea: las personas deben tener en su cuenta de AFP ahorros suficientes para financiar una pensión igual o superior al 80% de la PMAS (Pensión Máxima con Aporte Solidario). Además, el segundo requisito es que la pensión resultante obtenida con los ahorros acumulados sea igual o superior al 70% del salario promedio de los últimos 10 años.

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Nuevos valores establecidos para la PMAS (Pensión Máxima con Aporte Solidario)

La Superintendencia de Pensiones publicó los nuevos valores para la Pensión Básica Solidaria (PBS) y Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS), que entraron en vigor el 01 de julio de 2020:

Es importante tener en cuenta que estos valores se actualizan cada año en el mes de julio, de acuerdo con las variaciones del IPC en 12 meses. Los nuevos valores de la PMAS que entraron en vigencia en Chile, y que varían según la edad, son:

Período Edad PMAS
Desde el 1 de julio de 2020 Mayor o igual a 65 años y menor de 75 años $417.764
Desde el 1 de julio de 2020 Mayor o igual a 75 años y menor de 80 años $434.474
Desde el 1 de julio de 2020 Mayor o igual a 80 años $501.316
Desde el 1 de enero de 2021 Mayor o igual a 65 años y menor de 75 años $467.894
Desde el 1 de enero de 2021 Mayor o igual a 75 años $501.316
Desde el 1 de enero de 2022 Mayor o igual a 65 años $501.316

La PMAS representa el límite del primer requisito, utilizado para determinar quiénes pueden acceder a los aportes del Estado para aumentar sus jubilaciones. Actualmente, la PMAS asciende a $309.231. En este sentido, el primer requisito para la jubilación anticipada es que los ahorros de la cuenta de AFP sean suficientes para obtener una pensión igual o superior a $247.384, lo que equivale al 80% de la PMAS.

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Una vez que se cumple con el primer requisito, aún queda el segundo, que es aún más difícil de cumplir. Además, la ley establece que la futura pensión anticipada debe ser igual o superior al salario promedio de los últimos 10 años. Por ejemplo, si durante ese período una persona tuvo un ingreso promedio de $500.000, necesitaría ahorros de AFP que permitan una pensión mínima de $350.000.

¿Cómo solicitar la Jubilación Anticipada?

Si cumples con los requisitos mencionados anteriormente, para solicitar la jubilación anticipada debes dirigirte a la sucursal de tu AFP más cercana a tu domicilio con tu cédula de identidad y realizar los siguientes trámites:

  • Completa el formulario de Solicitud de Pensión
  • Luego completa el formulario de Declaración de Beneficiarios
  • Completa la Declaración de Períodos no Cotizados
  • Presenta tu Certificado de Nacimiento y el de tus Beneficiarios
  • Si estás casado, presenta tu Certificado de Matrimonio

Jubilación Anticipada por Invalidez

Existe otra opción para jubilarse anticipadamente, aunque no deseada. Se trata de la Pensión por Invalidez, que se obtiene activando el Seguro por Invalidez que pagamos mensualmente y que está incluido en nuestras cotizaciones previsionales.

La Pensión de Invalidez es un beneficio que te otorga el derecho a recibir un ingreso mensual al ser declarado inválido total o parcial por una comisión médica dependiente de la Superintendencia de Pensiones. Para jubilarse por invalidez, debes tener menos de 65 años si eres hombre o mujer, y no estar pensionado por vejez. Además, debes estar afiliado a una AFP.

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Si eres trabajador independiente o afiliado voluntario, debes haber cotizado el mes anterior para estar cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

Cobertura del seguro de Incapacidad y supervivencia

  • Los empleados dependientes que estén contribuyendo a la AFP. En este caso, se presume que el afiliado estaba contribuyendo si su muerte o incapacidad ocurre mientras estaba activo en el empleo. (Esto es válido independientemente de si el empleador ha pagado o no las contribuciones del trabajador).
  • Empleados dependientes desempleados, siempre y cuando el incidente ocurra dentro de los 12 meses desde la última contribución y, además, haya registrado al menos 6 meses de contribuciones en el año anterior.
  • Por último, los trabajadores independientes o afiliados voluntarios, siempre que hayan contribuido en el mes anterior a su muerte o declaración de incapacidad.

Requisitos para ser cubierto por el Seguro de Incapacidad y Supervivencia:

  • Estar contribuyendo en la fecha de la declaración de incapacidad (primer dictamen).
  • Si estás desempleado en esa fecha, ese período no debe exceder los 12 meses y debes haber tenido al menos 6 meses de contribuciones en el año anterior, contados desde el inicio del desempleo.

Si no cumples con ninguno de los requisitos anteriores, puedes financiar la pensión de incapacidad, siempre y cuando haya sido aprobada, con los fondos de la cuenta obligatoria más el bono de reconocimiento (si corresponde).

En resumen, lo recomendado, si tenemos la capacidad de seguir trabajando, es retrasar la jubilación para ahorrar durante más tiempo y así pensionarse manteniendo nuestro estilo de vida actual. Sin embargo, si ya hemos ahorrado lo suficiente, podemos solicitar una pensión anticipada.

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