Retención de dinero en bancos: ¿Puede el banco descontar dinero de cuentas por deudas?

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¿Los bancos pueden deducir dinero de las cuentas por deudas? Cuando una persona tiene deudas que no puede (o no quiere) pagar, se siguen diferentes procesos para el cobro de estas obligaciones. Estos procesos comienzan con la negociación y, en última instancia, se recurre al cobro «por la fuerza» a través de una orden judicial que permite a los bancos deducir dinero de las cuentas por deudas. Veamos cómo se lleva a cabo este procedimiento.

¿Pueden los bancos deducir dinero de las cuentas por deudas?

En efecto, los bancos pueden deducir dinero de las cuentas por deudas, pero solo dentro de ciertos límites establecidos por la ley. A este proceso se le conoce como embargo de cuenta y solo es válido cuando se lleva a cabo una decisión judicial bajo las siguientes circunstancias:

Los bancos pueden deducir dinero de las cuentas por deudas… en caso de pensión alimenticia

En Chile, solo se pueden embargar los salarios en cuentas bancarias cuando una persona no cumple con sus obligaciones relacionadas con la pensión alimenticia. Esto está establecido en el Código Procesal Civil, que en su artículo 445 establece lo siguiente:

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1°. Los salarios, bonificaciones y pensiones otorgadas por el Estado y las Municipalidades. Sin embargo, cuando se trata de deudas provenientes de pensiones alimenticias dictaminadas judicialmente, se puede embargar hasta el 50% de las prestaciones que reciba el proveedor de alimentos de acuerdo con el inciso anterior; […].

En términos simples, la ley establece que los salarios no se pueden embargar, excepto en el caso de deudas por pensión alimenticia, donde se permite embargar hasta el 50% del dinero en la cuenta del deudor después de un proceso judicial que autorice al banco a llevar a cabo dicha acción. La cantidad exacta dependerá de la deuda, pero en ningún caso puede exceder el 50% del dinero de la cuenta.

Los bancos pueden deducir dinero de las cuentas por deudas… en caso de deudas con Cajas de Compensación

Como mencionamos anteriormente, por ley, los bancos solo pueden deducir dinero de las cuentas por deudas en caso de falta de pago de alimentos, después de una decisión judicial. Sin embargo, existen otras situaciones en las que a un deudor que se retrasa en el pago de sus obligaciones se le puede hacer una «deducción por nómina».

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Uno de estos casos es cuando la persona tiene deudas con una Caja de Compensación. Al firmar un contrato de préstamo, existe una cláusula que permite al banco realizar la deducción por nómina en caso de retraso en el pago de la deuda. Esto es totalmente legal, ya que se acepta en los términos del contrato, pero no se considera un embargo de cuenta, ya que no se requiere una orden judicial para llevarlo a cabo. Esta deducción tiene un límite del 30% del sueldo del deudor.

El banco puede retener fondos de las cuentas bancarias por concepto de deudas en Cooperativas de Ahorro y Crédito

Si has solicitado un préstamo en una Cooperativa de Ahorro y Crédito, tu contrato contará con una cláusula similar a la mencionada anteriormente, en la cual autorizas a la entidad a realizar descuentos directamente de tu salario en caso de retraso en los pagos. Además, cabe destacar que dicho descuento no podrá exceder el 30% de tu salario.

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El banco tiene la facultad de retener fondos de las cuentas por concepto de créditos con descuento de sueldo

Algunos bancos ofrecen créditos mediante el mecanismo de descuento de nómina, lo que significa que tu mensualidad se deduce automáticamente cada vez que recibas tu salario en tu cuenta bancaria. Es importante mencionar que este procedimiento no se considera un embargo de cuentas por parte del banco, ya que es una condición aceptada y firmada por el cliente.

En conclusión, los bancos pueden retener fondos de las cuentas bancarias por concepto de deudas siempre y cuando sean para el pago de pensiones alimenticias incumplidas, en cuyo caso se emite una orden después de que la parte afectada ha presentado una denuncia. En los demás casos, se trata de descuentos de nómina para pagar préstamos, término al cual el cliente accedió al firmar el contrato.

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